EL GOBIERNO DENUNCIARÁ PENALMENTE A POGGI

EL GOBIERNO DENUNCIARÁ PENALMENTE A POGGI

El Ministerio de Obras Públicas e Infraestructura de la Provincia, a través de la Resolución N°1766, anticipó que, si la medida cautelar dictada por la jueza Laboral N°2, María Eugenia Bona, que frenó licitaciones, adjudicaciones y contrataciones por parte del Ejecutivo, genera algún perjuicio al Estado o a un tercero contratante, se iniciarán acciones legales contra la magistrada y el gobernador electo, Claudio Poggi.

Poggi, con el patrocinio del abogado –y vicegobernador electo- Ricardo Endeiza, fue quien solicitó esa medida a la jueza, para detener los procesos licitatorios hasta el 10 de diciembre, cuando asuma la nueva gestión del Gobierno.

En su resolución, la jueza Bona ordenó a la gestión actual del Poder Ejecutivo, que conduce Alberto Rodríguez Saá, “no innovar, sobre los llamados a licitación, licitaciones en trámite, adjudicaciones y/o contrataciones de obra pública”.

La medida alcanza a la “Administración Central y descentralizada, organismos autárquicos, entes desconcentrados del Estado, Agencias, y Sociedades de Estado sea parte, y cuya ejecución pudiera exceder el actual mandato gubernamental 09/12/2023”; y se mantiene “inter dure la tramitación de la presente causa”, determinó la magistrada.

El Ministerio, en su Resolución, manifiesta que acatará la decisión judicial, pero formula “expresa reserva, que ante cualquier eventual perjuicio que pudiere sufrir el Estado Provincial y todo tercero contratante de buena fe con el mismo, en virtud de la decisión adoptada, se instará judicialmente los procesos legales pertinentes a los efectos de determinar la responsabilidad civil y penal de CLAUDIO JAVIER POGGI y la Jueza MARIA EUGENIA BONA”.

De todos modos, en los considerandos de la Resolución ministerial, la cartera cuestiona  los argumentos esgrimidos por el demandante, y aceptados por la jueza, para instar la medida cautelar.

En la presentación judicial, Poggi hace hincapié en los llamados a licitación para la ampliación del predio del Festival del Caldén en Nueva Galia y la construcción del Polideportivo del Club Recreativo y Deportivo Rincón (CRYDER), que se realizaron en los meses de junio y agosto de este año, y tienen un plazo de ejecución de 300 y 360 días. Bona consideró que con el inicio de ambas obras  “se violaría otra vez el art. 92 de la Constitución Provincial, ya que excede el mandato del actual gobernador”.

Sin embargo, el Ministerio de Obras Públicas e Infraestructura aclaró que la primera licitación “fue declarada desierta”, mientras que la segunda, por la tramitación administrativa, correrá la misma suerte.

La cartera también analiza que la decisión judicial se funda en situaciones desconocidas tanto por el demandante como por la magistrada. En ese punto, remarca: “La ejecución de toda obra pública implica per se, su extensión temporal, ello por cuestiones físicas evidentes, las obras, son planificadas con un tiempo razonable y ejecutadas en un plazo prolongado en virtud de su naturaleza, el cual se encuentra condicionado por los más diversos factores, situaciones que deben ser ponderadas al momento de planificar una obra”.

Agrega: “Asimismo, existen algunas obras como la refacción y mantenimiento de establecimientos escolares, que por su propia función deben ser efectuados en un periodo del calendario pertinente a los efectos de no interrumpir el ciclo lectivo de un año determinado. Con ello, lo que se pretende manifestar a la Sra. Jueza, es que históricamente las obras públicas, en su ejecución requieren su despliegue en más de un año calendario, así ha sido siempre, ya que, de lo contrario, toda obra pública carecería del elemento temporal que requiere para su efectiva culminación”.

El documento del Ministerio que conduce Alberto Rodríguez Saá (hijo) también apunta: “Siguiendo el razonamiento adoptado por Claudio Poggi y por la Sra. Jueza, toda actividad estatal debiera paralizarse antes del vencimiento del periodo constitucional asignado al titular del Poder Ejecutivo; es evidente que dicha situación constituye un absurdo, ello privaría de los más elementales servicios a la población de San Luis provistos por el Estado”.

En ese sentido, resalta que “bajo ese criterio no se podría proveer servicios de Internet, servicio de viandas para los hospitales públicos, servicio de copa de leche en las escuelas, combustible para los móviles de las fuerzas de seguridad estatales, todos hasta después del 09/12/2023. Lo que evidentemente constituye un contra sentido en la continuidad de las prestaciones, servicios e infraestructura que tiene a cargo el Poder Ejecutivo Provincial”.

También acusa: “El fin perseguido por Claudio Poggi y avalado por la Jueza Bona, no es otro que el de paralizar la función pública provincial y cercenar las atribuciones constitucionales conferidas al Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, hasta tanto Poggi asuma la gobernación, es decir el día 10/12/2023, algo que de suceder, sin lugar a dudas, va a generar un enorme perjuicio al pueblo de San Luis, de forma directa, ya que lo que buscan es maniatar las activas políticas sociales en beneficio de los que menos tienen, como vulnerar la fuente laboral de todos los trabajadores que en la actualidad dependen de la Obra Pública como sustento económico para sus hogares”.