El Banco NACION ya siente San Luis . Créditos para ampliación y refacción de viviendas en San Luis .El Gobierno y una decisión histórica

El Banco NACION ya siente San Luis . Créditos para ampliación y refacción de viviendas  en San Luis .El Gobierno y una decisión histórica

El Banco Nación ya se hace sentir en San Luis como agente financiero de la Provincia .

La decisión de cambiar de agente financiero empieza a dar repuesta a lo que la gente necesita en San Luis exclusivamente.

Para eso lanzó en conjunto con la Provincia un sistema de créditos para los sanluiseños para ampliar y refaccionar su vivienda a tasas muy bajas y a sola firma 

Los detalles  
Beneficios

  • A sola firma (sin garantía hipotecaria).
  • Las cuotas se descuentan de tu cuenta.
  • Eximición de IVA sobre intereses conforme lo establecido en la RG AFIP 680/99.
  • Plazo de gracia (exclusivamente para Capital):
    • Construcción: 12 meses. 
    • Ampliación, refacción o terminación: 6 meses. 
  • Ampliación, refacción o terminación: Para los primeros 6 meses.

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PEDILO AHORA

Usuarios

Personas Humanas en actividad laboral (en relación de dependencia o contratados y autónomos y monotributistas) jubiladas y/o pensionadas. Se admiten hasta 2 (dos) usuarios, debiendo al menos uno de ellos ser propietario de la vivienda única y de ocupación permanente a ampliar, refaccionar y/o terminar. (Están excluidos expresamente los agentes del Banco de la Nación Argentina y del Grupo Nación cualquiera sea la forma de vinculación).

Deberá verificarse que el Usuario no posea otra propiedad apta para la vivienda mediante la presentación del formulario de Índice de Titularidad emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente. Se admitirá que cada solicitante pueda ser propietario de hasta un 50% de una parte indivisa de un inmueble para vivienda siempre y cuando acredite que no reside en tal inmueble por circunstancias relacionadas a divorcio vincular o por aceptación de donaciones con usufructo gratuito de por vida sobre la propiedad, a favor de otra/s persona/s.

Destino

  • Ampliación, refacción o terminación de vivienda única y de ocupación permanente. Para considerarse terminación se deberá contar con un grado de avance no inferior al 60% del total de la obra.(*)
  • Construcción de vivienda única y de ocupación permanente. (*)

(*) No se admitirá la construcción, ampliación, refacción o terminación de propiedades que se destinen total o parcialmente al uso comercial y/o profesional, como tampoco aquellas que contengan locales comerciales. Se encuentra incluida la conexión de servicios.

En todos los casos localizadas en la Provincia de San Luis.

Se podrán financiar obras en Desarrollos Inmobiliarios consistentes en fraccionamientos y/o loteos de origen privado que encuadren dentro de la Zona 16 categorías B, C, D y E según la Resolución N° 60-DCyTF-MJSGyC-2019 de la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales de la Provincia de San Luis.

Modalidad

En Pesos.

Monto máximo

  • Para construcción de vivienda única y de ocupación permanente, hasta $5.000.000. 
  • Para ampliación, refacción o terminación de vivienda única y de ocupación permanente, hasta $2.000.000.

Proporción de apoyo

La asistencia podrá ser hasta el 100% del presupuesto de obra sin exceder, el monto máximo definido para cada destino.

Amortización

Las cuotas se liquidarán en forma mensual y por sistema francés. 

Plazo

Hasta de 120 meses.

Plazo de gracia

  • Construcción: 12 meses.
  • Ampliación, refacción o terminación: 6 meses.

En ambos casos únicamente para capital.

Desembolsos

Serán de 3 desembolsos para construcción y dos desembolsos para ampliación, refacción o terminación.

  • El primero de ellos no deberá superar el 50% del Presupuesto de Obra.
  • El segundo (y tercer desembolso en caso de construcción), se realizará en función del avance de obra, habiéndose verificado que se ha utilizado como mínimo el 70% del desembolso anterior (incluye la compra de materiales debidamente respaldada), no pudiendo transcurrir más de 6 meses entre desembolsos. Debiendo consolidarse la deuda al formalizarse el último de ellos.

En los casos de ampliación, refacción o terminación para préstamos de hasta $1.000.000 , no se requerirá la verificación presencial del porcentaje del grado de avance de obra para otorgar el segundo desembolso, en su reemplazo, el usuario deberá presentar las facturas definitivas que avalen la utilización del primero.

Garantía

A sola firma.

Interés (1)

  1. Usuarios en relación de dependencia y jubilados y/o pensionados (que adhieran a un paquete de servicios de productos y perciba sus haberes por el Banco) o usuarios monotributistas o autónomos (que adhieran a un paquete de servicios) y por toda la vigencia del préstamo:
    • Para los primeros 12 (doce) meses del préstamo se aplicará una tasa de interés fija del 24% (veinticuatro por ciento) nominal anual.
    • A partir del mes N° 13 (trece) y hasta el mes 36 (treinta y seis) la tasa del préstamo será variable, calculándose por periodos anuales a partir de aplicar el “Porcentaje del Incremento del Coeficiente de Variación Salarial (“CVS”)” (*) del año calendario anterior.
    • Luego a partir del mes 37 se aplicará anualmente la TASA BADLAR SECTOR PRIVADO (**) multiplicada por 1.3, tomando la correspondiente a 5 días hábiles anteriores al último día hábil del mes de Noviembre, controlando que la misma no supere la tasa vigente para préstamos personales - Libre destino - Cartera Haberes.
  2. Para el resto de los Usuarios:
    • Se aplicará una tasa de interés variable que se calculará anualmente a partir de la tasa BADLAR SECTOR PRIVADO (**), tomando la correspondiente a 5 días hábiles anteriores al último día hábil del mes de Noviembre multiplicada por 1.6 durante todo el período del préstamo, controlando que la misma no supere la tasa vigente para préstamos personales - Libre destino - Cartera Abierta.