El fallo que prohíbe a ATE hablar con Hissa, violenta el Art.60 de la Constitución .La actividad gremial severamente reprimida con la resolución de Montiveros Chada
El fallo del Juez Montiveros Chada que le prohíbe a los tres principales Dirigentes de ATE acercarse al Intendente Hissa viola arteramente el Artículo 60 de la Constitución Provincial de manera grosera
El art 60.dice.- Los trabajadores y los dirigentes gremiales no pueden ser discriminados ni perjudicados por sus actividades gremiales. Las organizaciones profesionales o gremiales son reconocidas jurídicamente para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes que establecen las leyes de la Nación y de la Provincia. Los sindicatos no pueden ser intervenidos, ni sus sedes clausuradas, ni sus fondos bloqueados, sino por orden del juez competente. Se procura sean reconocidos a los sindicatos los siguientes derechos: 1) De concretar contratos o convenios colectivos de trabajo, por los gremios más representativos de cada rama, los que tendrán fuerza de ley. 2) De huelga, como medio de defensa de los derechos de los trabajadores y de sus garantías sociales. No se puede tomar contra los participantes de ella ninguna medida represiva, mientras no pongan en peligro evidente la seguridad de la población. 3) De ejercicio pleno y sin trabas de la gestión de los dirigentes sindicales, la estabilidad en sus empleos y la licencia sindical. 4) De que los dirigentes gremiales no sean molestados por las opiniones que manifiesten o por las decisiones que adopten en el desempeño de sus cargos, ni interrogados, reconvenidos o procesados en ningún tiempo por tales causas. Tampoco pueden ser perseguidos ni arrestados durante todo su mandato, por sus actividades sindicales, es decir se establece para su protección el fuero sindical.
Es absolutamente inconstitucional y crea un antecedente jurídico de que si alguien que si a un servidor público le molesta que le reclamen , va y denuncia y le prohíben acercarse por una orden Judicial .
En éste caso la.pregunta al Juez Montiveros Chada es que o quien va a resguardar los derechos laborales de los empleados Municipales?
El en persona? Por supuesto que no y lo lastimoso es que el Juez está fuera de foco , ya que las bárbaridades laborales que están llevando a cabo en el Municipio con despidos arbitrarios , violaciones a los derechos laborales por parte de Hissa no son parte importante.
Para el Juez un funcionario público no debe dar explicaciones a los que resguardan los derechos laborales , una afrenta a la Constitución que merecería Juicio Político , porque un Juez, no puede fallar contra la Constitución y las Leyes.
Es una afrenta a la libertad gremial , al derecho de la defensa de los trabajadores que están plenamente consagrados en el artículo. 60.de la Constitución Provincial .
Montiveros Chada debería ver la Constitución que es más que clara y revocar por contrario imperio la barbaridad jurídica que ha resuelto .
Gatica va a doblar la apuesta y en ésto la CGT debería hacerse parte , como la CTA o la.UTEP, ya que si quedara firme semejante grosería jurídica , la actividad gremial , estaría en serio peligro.


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